» ¿Que actuaciones o intervenciones en las edificaciones requieren licencias urbanísticas?
Rta/: Se debe obtener licencia urbanística, como autorización previa para adelantar obras de urbanización, loteo o subdivisión de predios; de construcción, ampliación, adecuación, reforzamiento estructural, modificación, demolición de edificaciones, y para la intervención del espacio público, en cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificaciones adoptadas en el Plan de Ordenamiento Territorial, en los instrumentos que lo desarrollen o complementen y en las leyes y demás disposiciones que expida el gobierno Nacional.
» ¿Para hacer una adecuación en mi casa es necesario obtener licencia de construcción?
Rta/: Sí, el decreto 564 del 2006 del Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial establece que la licencia de adecuación, es la autorización para cambiar el uso de una edificación o parte de ella, garantizando la permanencia del inmueble original.
» ¿Que hago para obtener licencia de construcción de una ampliación de un inmueble existente?
Rta/: Si la edificación contó con la debida licencia de construcción de la época, se deben anexar copias de los planos, memorias y resolución de licencia, junto con los diseños de la ampliación proyectada. En caso de no haber tramitado la licencia respectiva, se debe adelantar simultáneamente el proceso de reconocimiento y el de solicitud e licencia de ampliación, para lo cual debé declarar que el inmueble se construyó antes del 27 de junio de 2003, con el respectivo peritaje técnico de un arquitecto y un ingeniero civil, además debe presentar los diseños arquitectónicos y estructurales de la ampliación.